La Agencia Tributaria ha puesto a disposición de los contribuyentes en su página web el cálculo ‘online’ de las retenciones del IRPF 2017, aunque el próximo año no incorpora ninguna novedad respecto a 2016, ya que para el siguiente ejercicio no se ha incorporado ningún cambio fiscal en este impuesto.
No obstante, si las circunstancias personales o salariales del contribuyente cambian en 2017, las retenciones que practican las empresas en la nómina de sus empleados pueden subir o bajar el próximo año de acuerdo con los eventuales cambios.
Con esta herramienta, el contribuyente puede calcular la cuantía y el tipo de retención que le corresponden en su nómina según las retribuciones que recibirá en 2017, conforme se establece en el artículo 80 del reglamento del IRPF. Así, con este programa de ayuda los ciudadanos podrán saber cuál es la retención del IRPF que debe aplicarle su empresa en función de sus condiciones personales y laborales, con solo consignar sus retribuciones brutas anuales y su situación personal y familiar.
La campaña de la Renta comienza el 5 de abril
Por otro lado, la campaña de la renta de 2016 comenzará el próximo 5 de abril de 2017 para la presentación telemática (el 11 de mayo para la presencial) y la principal novedad es que desaparece definitivamente el programa Padre de ayuda a la confección de la declaración de la renta, que ya se eliminó el año pasado para la mayoría de los contribuyentes y únicamente quedó relegado a los declarantes de actividades económicas, básicamente autónomos.
Por segunda campaña de la renta, los contribuyentes dispondrán del sistema ‘Renta web’, que se generaliza ya para todos los declarantes, cualquiera que sea la naturaleza de sus rentas (del trabajo, capital o actividades económicas) y que ha venido a sustituir al Programa Padre y al borrador del IRPF, ya que se trata de una mezcla de ambos.
Según el calendario del contribuyente, recogido por Europa Press, el 5 de abril se da el pistoletazo de salida a la presentación telemática de la campaña de la renta 2016, pero para presentar la declaración del IRPF de manera presencial, habrá que esperar hasta el 11 de mayo y, en ambos casos, se extenderá hasta el 30 de junio. Si el resultado sale a ingresar y se quiere domiciliar el pago, el plazo concluye el día 26 de junio.
Fuente de la noticia: Fiscalaldia